La constitución del 40 establecía que:
Toda persona podrá entrar y permanecer en el territorio nacional, salir de él, trasladarse de un lugar a otro y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte u otro requisito semejante, salvo lo que se disponga en las Leyes sobre inmigración y las atribuciones de la autoridad en caso de responsabilidad criminal.
Ningún cubano podrá ser expatriado ni se le prohibirá la entrada en el territorio de la República.
Este párrafo desapareció al adoptarse la constitución del 1976.
Supermoon
12 years ago
3 comments:
Por favor aquí les dejo el enlacé de mi blog para que me lo publique:
http://cineenlamaleta.blogspot.com
un cine gratis para esta época de problemas económicos
Bueno, pero aunque existia la otra constitución, no se aplicaba porque la represión estaba impuesta por decreto de dedo.
Hola Iliana,
Entre el 59 y el 76 no regía la constitución del 40. en esa época estaba vigente la ley fundamental del 59 que contenía también ese párrafo. Como tu dices, no se aplicaba porque se funcionaba de ordeno y mando.
Gracias por el comentario.
Saludos.
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